En los últimos meses se han creado en algunos países iniciativas para gravar al sector tecnológico. Internet y las nuevas tecnologías se consideran en algunos países como un derecho fundamental, puesto que fomentan la cohesión social y el desarrollo económico. Así ocurre en Finlandia. Sin embargo, en otros países como Reino Unido o Argentina, el uso de la tecnología se entiende como un consumo de lujo sobre el cual se deben aplicar impuestos, con el fin de poder extenderlo al conjunto de la población. Los detractores de estos impuestos creen que el gravamen sólo aumentará la brecha tecnológica entre quienes ya acceden de forma habitual a la tecnología y quienes quieren hacerlo por primera vez. En su opinión, al aumentar los costes de acceso a la Red y de adquisición de nuevas tecnologías, los más jóvenes y las personas con menor cultura y poder adquisitivo se convertirán en marginados digitales.
Por ANTONIO DELGADO
18 de diciembre de 2009
En Reino Unido, el Gobierno británico trabaja en una ley que fije un impuesto mensual de 50 peniques de libra a las conexiones a Internet por banda ancha.
Este impuesto estaría destinado a crear las infraestructuras necesarias para llevar el acceso a la Red hasta las zonas rurales del país donde la orografía y la situación no han permitido tener una conexión de alta velocidad.
Impuestos sobre las importaciones
En Argentina, desde el pasado mes de noviembre, hay una nueva legislación que grava con una tasa de hasta el 35% a los productos tecnológicos y de electrónica de consumo. Se duplica el IVA del 10,5% al 21% a un listado de dispositivos electrónicos que no se hayan fabricado o ensamblado en el país, como teléfonos móviles, cámaras de fotos y vídeo, GPS, monitores y televisores. Incluso congeladores y microondas.
La idea de este impuesto es gravar las importaciones para promover un impulso entre las empresas tecnológicas locales mediante inversión pública.
Según el Gobierno argentino, la recaudación supuso el año pasado unos ingresos de 1.300 millones de dólares por la venta de teléfonos móviles de importación.
Sin embargo, la primera ley aprobada incluía impuestos a ordenadores personales como los de sobremesa, los portátiles y los ultraportátiles, o netbooks, además de un nuevo impuesto del 3% sobre el precio de las telecomunicaciones. Esto es: las conexiones a Internet, las comunicaciones de telefonía móvil, fija y el consumo de televisión por cable.
Un movimiento ciudadano, impulsado a través de la red de microblogging Twitter, convenció a algunos políticos argentinos de que la medida agrandaría a largo plazo la brecha digital en la sociedad argentina, debido al encarecimiento de los productos tecnológicos. Además, se expresó el temor al fomento de un mercado negro paralelo, con productos que no estén gravados con los impuestos locales.
También en México
El gravamen de un 3% sobre las conexiones a Internet también ha sido aprobado en México pero con condiciones. La atenuación del impuesto se ha debido al mismo movimiento cívico en Twitter que se produjo en Argentina, y que se ha denominado en ambos casos "#internetnecesario". En este caso, el impuesto especial para las telecomunicaciones e Internet sólo se aplicará a los contratos que no tengan el servicio de Internet por separado.
Un servicio que implicara un paquete de llamadas y conexión a Internet se vería gravado con este impuesto. En el caso de que Internet se facture de forma independiente a otros servicios de telecomunicaciones, el impuesto no se cobra, siempre y cuando la factura sea inferior al 30% del total de servicios de telecomunicaciones contratados y consumidos por el usuario.
Impuestos europeos
En España, a pesar de no ser un impuesto, impera un canon por copia privada que grava a determinados productos electrónicos y soportes físicos, en función de su capacidad para albergar obra protegida por los derechos de autor. Las entidades de gestión recaudan este canon y desde su instauración no ha dejado de generar polémica debido a que no distingue, en lo que se refiere a ciertos productos como CD, DVD o discos duros, entre un uso como material de ocio y otros usos de carácter profesional en los que no hay motivo para albergar obras con derechos. De este modo, empresas y profesionales tienen que pagar el canon por derechos cuando guardan datos personales en estos soportes.
Cualquier cámara digital que pueda grabar más de 30 minutos de vídeo de forma continuada tiene un gravamen del 4,9% en la Unión Europea.
En la Unión Europea hay algunos impuestos especiales para los productos electrónicos que funcionan como grabador de datos. Cualquier cámara digital que pueda grabar 30 minutos o más de vídeo de forma continuada, tiene un gravamen del 4,9%. Por este motivo, algunas cámaras de vídeo y de fotografías no incluyen esta funcionalidad en los dispositivos que venden en el mercado europeo o la limitan a una cantidad de tiempo inferior.
Éste es el caso de la cámara de fotos Panasonic Lumix GH1 , que está limitada para el mercado europeo a una grabación en vídeo máxima de 29,59 minutos por clip, mientras que en el resto del mundo carece de esta limitación.
¿Los móviles serán los próximos?
Hace un año, la Comisión Europea propuso una nueva clasificación aduanera para los teléfonos móviles que integren cámaras de fotos y GPS, entre otras funcionalidades, que les carga con un arancel de hasta el 14% sobre el valor nominal del producto. Al final, el pasado mes de julio, bajo la presidencia de Suecia, la Comisión descartó este nuevo impuesto , aunque cabe la posibilidad de que se vuelva a proponer en el futuro.
diciembre de 2009.
Fuente:
CONSUMER EROSKI, el diario del consumidor
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